APOSTILLA DE LA HAYA
"Convenio suprimiendo la exigencia de legalización de los documentos extranjeros"
A PARTIR DEL 30 DE AGOSTO DE 2014, TODO DOCUMENTO ESPAÑOL QUE HAYA SIDO EMITIDO CON POSTERIORIDAD A DICHA FECHA YA NO TENDRÁ QUE SER LEGALIZADO EN EL CONSULADO GENERAL DEL PARAGUAY EN BARCELONA PARA SURTIR PLENOS EFECTOS EN PARAGUAY
El 30 de agosto entra en vigor para Paraguay el Convenio de La Haya de 1961 que suprime la exigencia de la legalización de documentos públicos extranjeros. A partir de dicha fecha será aplicable el mecanismo de la APOSTILLA. Para más información sobre el mismo, consulte las páginas web de los Ministerios españoles de Justicia y de Asuntos Exteriores y de Cooperación y que se indican al final de este documento.
Por tanto, si usted quiere legalizar:
• DOCUMENTOS CON FECHA ANTERIOR AL 30 DE AGOSTO DE 2014
Aquellos documentos públicos español emitidos con anterioridad al día 30 de agosto de 2014, deberán seguir siendo legalizados por el sistema anterior, es decir, 1.1) Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma, 1.2) Ministerio de Justicia (Madrid), 1.3) Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación (Madrid), 1.4) Consulado Paraguayo de su Jurisdicción.
• DOCUMENTOS CON FECHA POSTERIOR AL 30 DE AGOSTO DE 2014.
Aquellos documentos públicos españoles emitidos con posterioridad al día 30 de agosto de 2014, deberán ser legalizados con el uso de la Apostilla de la Haya, sin intervención de Consulado Paraguayo de su Jurisdicción.
**Para más información sobre el nuevo sistema de la Apostilla, deberá dirigirse a las páginas web de los Ministerios españoles de Justicia y de Asuntos Exteriores y de Cooperación y al Ministerio de Relaciones Exteriores de Paraguay.
DIRECCION DE LEGALIZACIONES
Dirección: 14 de Mayo entre Palma y Estrella
Teléfonos: (595-21) 493928, (595-21) 493902, (595-21) 445536
Email: legalizaciones@mre.gov.py
